El Supremo tiene que llegar a aquellas cuestiones que plantean conflicto y que, por ello, requieren un pronunciamiento de la máxima autoridad jurídica que les ponga fin.
En fecha 22 de julio el Boletín Oficial publica que las Cortes Generales han aprobado un nuevo modelo de recurso de casación en el ámbito contencioso-administrativo.
Hasta la fecha, hemos tenido diferentes modalidades de recurso de casación (ordinario, de unificación de doctrina, en interés de la ley) ninguna de las cuales ha servido para que el Tribunal Supremo pudiera cumplir su verdadera función que no es tanto resolver casos concretos como sentar doctrina que ilumine a todos (Administración y ciudadanos) en la interpretación y aplicación de la ley. Así es como verdaderamente el Tribunal Supremo aporta valor, guiando actuaciones y evitando litigios futuros.
Para ello es preciso que al Tribunal Supremo puedan llegar aquellas cuestiones que plantean conflicto y que, por ello, requieren un pronunciamiento de la máxima autoridad jurídica que les ponga fin sentando doctrina para todos. Con el modelo vigente, resultaba prácticamente imposible que muchas cuestiones jurídicas pudieran llegar al Tribunal Supremo. Piénsese, por citar el límite más relevante, que no tenían acceso al Tribunal Supremo los asuntos de cuantía inferior a los 600.000 euros.
Con esos límites -puestos quizás en legítima defensa de un Tribunal no concebido ni funcional ni estructuralmente para absorber un enorme volumen de asuntos- quedaban lejos de la labor uniformadora de doctrina del Tribunal Supremo la gran mayoría de cuestiones que suponen el día a día de las controversias entre la Administración y los ciudadanos que se ven, por tanto, obligados a conducirse bajo la guía diversa -y por ello insegura- de diecisiete Tribunales Superiores de Justicia.
Fuente:expansion.com
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